miércoles, 1 de marzo de 2017

¿QUIEN ES JORGE DI LELLO, EL FISCAL QUE PIDE INVESTIGAR AL PRESIDENTE MACRI?



¿Puede un ex terrorista ser fiscal federal y emitir dictámenes "objetivos" sobre partidos democráticos y juicios sobre la lucha antisubversiva?

Informe elaborado por Memoria Nacional 

I. De terrorista a fiscal federal patrocinado por Corach 

Jorge Felipe Di Lello, un personaje con antecedentes criminales y carcelarios, con numerosas y probadas causas judiciales por terrorismo, se hacía cargo en 1993 de la estratégica Fiscalía Federal Nº 1, la única autorizada para atender en cuestiones electorales y con la responsabilidad de representar al Ministerio Público en distintos procesos de la máxima importancia.

Su poderoso "padrino" era nada menos que el ministro de interior de la época, el ultramenemista Carlos Corach, quien sin duda había propiciado a Di Lello para tan elevada función, por ser un individuo absolutamente condicionable por su escabroso pasado

Fiel a su mentor, el flamante fiscal Di Lello iría cumpliendo con todas las directivas del menemismo, reservando sólo su odio de ex subversivo derrotado para aquellas causas que implicaran a militares u organizaciones o personalidades encuadradas en lo que despectivamente calificaba y califica entre sus allegados como la "lacra de derecha". Una curiosa ética y moral de alguien ingresado a la función pública como sirviente del gobierno de Menem, un régimen que aplicó durante una década un brutal proceso de privatizaciones, entrega del patrimonio nacional y destrucción de los derechos sociales de los trabajadores.

Así se refiere textualmente a Di Lello el diario "Clarín" del domingo 8 de noviembre de 1998, en un artículo publicado en su sección Zona, y bajo el título "Fiscales, de frente y perfil":

"Fiscalía Nº 1: Es la única con competencia electoral. Su titular, Jorge Di Lello, ingresó avalado por el ministro del Interior Carlos Corach en 1993. El adjunto Jorge Alvarez Berlanda es de carrera judicial. Se pronunciaron a favor de la validez del congreso nacional del PJ realizado el 17 de julio, después impugnado por Eduardo Duhalde. No encontraron pruebas para incriminar a Corach ni al jefe de la SIDE, Hugo Anzorreguy, por encubrimiento en la fuga del ex concejal José Manuel Pico."

II. Los antecedentes criminales de Jorge Felipe Di Lello

Di Lello no fue por los años setenta un pacífico idealista de izquierda con algún problema policial o proceso judicial menor, sino que aplicando como método la violencia criminal, tuvo una protagónica y activa militancia en las bandas terroristas de entonces, primero en el ERP (Ejército Revolucionario del Pueblo) y luego en Montoneros.

Hagamos una breve reseña de los delitos y causas judiciales de Jorge Felipe Di Lello, y para ello citaremos parte de la presentación efectuada el 10 de abril de 2000 por el Dr. Gonzalo Torres de Tolosa ante el Juez Federal Dr. Gustavo Literas, Secretaría Nº 19 a cargo del Dr. Javier Helou:

"05-04-70: Fue detenido a raíz de la investigación practicada con motivo de la explosión ocurrida en el domicilio de Di Lello en la calle White 126 de esta Capital. En la ocasión, personal de la Cría. 40ª instruyó sumario por "Asociación Ilícita, Inf. Art.189 bis del C.P. y averiguación intimidación pública", causa en la que intervino el Juez Federal Miguel INCHAUSTI, Secretaría del Dr. DÍAZ LESTREM. Surge que en la casa mencionada, funcionaba una célula extremista, resultando heridos como consecuencia de la explosión Enrique CELESIA y Roberto ATRIP - conocidos dirigentes extremistas. Por otra parte, en la inspección realizada en el domicilio de Di Lello se procedió al secuestro de gran cantidad de material ideológico izquierdista."

"17-05-73: Por resolución de la Excma. Cámara en lo Criminal y Correccional Federal, con la firma, entre otros, del Juez Genaro PEÑA GUZMAN se dispone la inmediata libertad de Di Lello (Prio. C.F. 2.496), en virtud de haber sido reformada la sentencia y condenado a dos años de prisión en suspenso por tenencia de explosivos y absuelto por el delito de asociación ilícita."

"10-06-70: Se sobreseyó parcial y provisionalmente en la causa 5267 denominada "Intimidación Pública y daño en Plaza Miserere" a Di Lello, con fecha 22 de mayo de 1970, por orden del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº3 a cargo del Dr. Jorge Alberto AGUIRRE, Secretaría Nº14 a cargo del Dr. Luis M. RAGUCCI (h)."

"05-06-73: Causa 1573/70, caratulada "ATRIP, Norberto Eduardo y otros p/ asociación ilícita, tenencia de explosivos y presunta intimidación pública (arts.210, 189 bis y 211 del C.P.)"; Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal Federal Nº4, a cargo del Dr. Miguel A. INCHAUSTI, Secretaría Nº13 a cargo del Dr. Guillermo DÍAZ LESTREM. La Excma. Cámara del fuero resolvió declarar extinguida la condena impuesta a Jorge Felipe DI LELLO, cesando en consecuencia todos los efectos del pronunciamiento."

"11-12-75: Causa 2306/71 caratulada "DI LELLO, Jorge por Infracción al Art.44 de la ley 17.531": Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº1 a cargo del Dr. Alfredo NOCETTI FASOLINO, Oficina Leyes Militares. Se dispuso dejar sin efecto el PEDIDO DE CAPTURA del causante, clase 1949, M.I. 08.007.649, solicitando con fecha 10 de mayo del año 1972. Por resolución del día de la fecha se declaró extinguida la acción penal por AMNISTÍA y se sobreseyó definitivamente en la referida causa y con respecto al aludido DI LELLO, por aplicación de los arts. 1º de la Ley 21.135, 59 inc.2º del C.P., 443 inc.5º y 454 del C.P.C."

Jorge Felipe Di Lello (D.N.I. Nº 8.007.649), clase 49, luego de los procesos enumerados, pasó a militar en la agrupación subversiva Montoneros.

Con estos antecedentes extraña que Di Lello - terrorista o ex terrorista - haya sido nombrado Fiscal Federal, y más aún que continúe en su cargo y en especial que no se haya excusado de entender en las presentes actuaciones.

III. ¿Fiscal de la "democracia"?... 

Llegados a este punto, nos preguntamos si un Fiscal Federal, cuya imparcialidad es inherente a su función, puede tener semejantes antecedentes delictivos y ser en la actualidad capaz de dictaminar objetivamente sobre la vida y honra de personas e instituciones. Resulta particularmente absurdo que alguien que decidió tomar las armas e integrar durante años organizaciones que pretendieron imponer sus ideas mediante el temor, el atentado, el secuestro y el asesinato, reúna ahora las condiciones básicas como para ser el representante del Ministerio Público en el trámite de la obtención de personería legal y desempeño de los diversos partidos que conforman la Democracia Argentina.

Con un desparpajo moral sin límites, el ex compañero de andanzas de erpianos y montoneros, intentó además durante algún tiempo intervenir como "fiscal", haciendo toda clase de disparates y tropelías sin sustento legal, en causas donde se juzgaba a oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas por temas vinculados a la lucha antisubversiva. Pero cuando sus antecedentes salieron a la luz y comenzaron a multiplicarse y radicarse pedidos de informes sobre la "trayectoria" de Di Lello ante diversos juzgados, el propio fiscal se apresuró a querer tapar su siniestro pasado de delincuente terrorista, consciente de que éste es totalmente incompatible con la clave función judicial que ocupa. Por ejemplo, en el expediente que estuvo a cargo del Juez Literas, pasó bochornosos momentos el fiscal Di Lello, al tramitarse los pedidos de informes de sus antecedentes ante el Registro Nacional de Reincidencia, los Juzgados Federales de todo el país, la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), Ejército, Marina, Aeronáutica y Fuerzas de Seguridad. Por eso, cuando la justicia decidió reabrir unas semanas atrás la causa sobre la ESMA, el propio fiscal Di Lello pidió con premura su excusación - tal como lo menciona muy al pasar y sin decir motivos Victoria Ginzberg de Página/12 -, a fin de evitar que su prontuario delictivo quedara otra vez asentado en los expedientes y pudiera tomar un mayor estado público.

Consideramos por todo lo dicho, que la permanencia de Jorge Felipe Di Lello en la titularidad de la Fiscalía Federal Nº 1 es una afrenta a la sociedad civil y democrática y al sistema judicial en su conjunto, y desde ningún punto de vista es admisible que el poder político siga sustentando los desmanejos, odios residuales y arbitrariedades de un extremista que tiene las manos manchadas con sangre. Y que traslada su "enemistad manifiesta" (artículo 55, inciso 11 del Código Procesal Penal) a toda instancia y expediente en que intervengan personas y/o grupos que no coincidan con su universo de disvalores o que estén estigmatizados por su peligroso fanatismo ideológico.

Primer Informe elaborado en el año 2008 por Memoria Nacional - Exclusivo para la Red Kalki*



1 comentario:

  1. Cuando los argentinos nos pongamos los pantalones largos como los hermanos bolivianos, a éstos se le termina el curro y el relato definitivamente. Pero ninguno debe escaparse.

    ResponderEliminar