sábado, 18 de julio de 2009

Fallo de nuestro Joder Judicial

Si se roba impunemente puede disfrutar (el ladrón) del botín; si es herido por la victima al defenderse, o por la policía, tendrá resarcimiento por incapacidad laboral temporaria; y si muere, le queda la indemnización a su viuda e hijos en una cantidad mayor a la que paga la ART a un trabajador. Sería conveniente que se inscriban como monotributista al menos…

RECUÉRDELO!!!

SEPAMOS QUIÉNES INTEGRAN LA CAMARA
Sala Civil y Comercial Federal I
Presidente Dr. De Las Carreras, Francisco
Juez Dr. Farrell, Martín Diego
Juez Dra. Najurieta, Maria Susana
Secretario Dra. Lagomarsino María Alejandra
Secretario Dr. Carrió Diego Marcelo
Prosecretario Dr. Baistrocchi Silvio José
Prosecretario Dra. Pico, Magdalena
Sala Civil y Comercial Federal II
Presidente Dr. Guarinoni, Ricardo Víctor
Juez Dr. Vocos Conesa, Eduardo Javier
Juez Dr. Gusman, Alfredo Silveiro
Secretario Dr. Ratto, Eduardo Néstor
Secretario Dr. Lupacchini Damián Augusto
Prosecretario Dr. Gavalda, Juan Martín
Prosecretario Dr. España Hernán
Prosecretario Dra. Gerard, Renee Mónica
Sala Civil y Comercial Federal III
Presidente Dr. Antelo, Guillermo Alberto
Juez Dr. Recondo, Ricardo Gustavo
Juez Dra. Medina, Graciela
Secretario Dr. Petre Carlos Alberto
Secretario Dr. López Pereyra, Francisco
Secretario Dra. Barbado Patricia Bibiana
Prosecretario Dra. Sciarretta María Andrea
Prosecretario Dr. De Arrascaeta, Arturo

SON LOS RESPONSABLES DE LA SIGUIENTE DESOPILANTE PIEZA JURÍDICA
SENTENCIA CATEGÓRICA

Recientemente la Cámara Civil y Comercial Federal, Causa 2052/99, confirmó un fallo por el que con motivo de un tiroteo entre la Policía Federal y dos delincuentes sorprendidos "in fraganti" cuando asaltaban un garaje, se produjo la muerte de un delincuente.

La sentencia establece que el Estado además de las costas, debe resarcir el daño moral a la viuda y a los 3 hijos del delincuente abatido, por un total de $ 125.000 más intereses, ya que "delincuente o no" la víctima era esposo y padre, y que su familia ha debido experimentar un dolor moral por su pérdida, dolor que debe resarcirse.

DEDUCCIÓN:

Si se roba impunemente puede disfrutar (el ladrón) del botín; si es herido por la victima al defenderse, o por la policía, tendrá resarcimiento por incapacidad laboral temporaria; y si muere, le queda la indemnización a su viuda e hijos en una cantidad mayor a la que paga la ART a un trabajador.

Sería conveniente que se inscriban como monotributista al menos.

En ARGENTINA ser delincuente es buen negocio, de una manera u otra, el delincuente siempre logra su botín, de su víctima o del Estado (o sea nosotros)...

Y según el tango:"Cambalache"... "Hoy resulta que es lo mismo ser derecho que traidor, ignorante, sabio, chorro, generoso o estafador..." ó era nuestro Himno Nacional... (creo que nada nos representa mejor)

Indignante, no?

Hacer circular...

Debe ser un caso único en el mundo... sin lugar a dudas.

Espero que algún día los Jueces paguen de su bolsillo este tipo de sentencias... que cada vez son más comunes...

Podríamos rebautizar sin remordimiento al tercer poder con su nombre correcto = "JODER JUDICIAL".

Nota: Recordemos que "todos" se hacen llamar doctores y apenas son "abogados", o sea...

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