Por Gabriel Boragina
Es común que se hable del estado-nación como un ser “vivo” con personalidad propia, y que toma “decisiones” y “actúa” como cualquier persona o ser humano. Este antropomorfismo esta tan arraigado que es bastante complicado -por no decir casi imposible- encontrar personas que no se expresen de dicha manera. Pero, si solo fuera una forma de decir, no habría tanto problema como el que existe en la medida que la gran mayoría cree firmemente que con certeza el estado-nación o el gobierno son “personas reales”, entes físicos y concretos que actúan y que deciden de modo separado al resto de los individuos. Son muchas las teorías jurídico-políticas que intentan -desde la antigüedad- justificar la existencia de un estado “autónomo” “independiente” y por encima de los individuos humanos.
Desde hace tiempo, nosotros -con otros- venimos sosteniendo que, entre el estado-nación y los individuos las diferencias reales residen en quienes detentan el poder político. Este poder político se traduce -a nuestro juicio- en la facultad de dictar leyes que puedan ser impuestas a otras personas, para lo cual aquellas personas que se arrogan el poder político se valen de un monopolio, siendo indiferente si este monopolio se lo atribuyen los que legislan, o bien es otorgado por quienes serán legislados.
Los actos de quienes poseen el poder (es decir, de los que ordinariamente se denominan funcionarios públicos) obviamente tienen consecuencias, pero en la medida que tales personas (dada la calidad que se atribuyen o auto-atribuyen) pueden legislar sobre la conducta de otras personas, obviamente influirán (para bien o para mal) sobre los efectos de las decisiones de estas personas que no se hallan en una posición de poder semejante:
"Si el Estado ha de prever la incidencia de sus actos esto significa que no puede dejar elección a los afectados. Allí donde el Estado puede prever exactamente los efectos de las vías de acción alternativas sobre los individuos en particular, es el Estado quien elige entre los diferentes fines. Si deseamos crear nuevas oportunidades abiertas a todos, ofrecer opciones que la gente pueda usar como quiera, los resultados precisos no pueden ser previstos.”[1]
En otros términos, quienes ostentan el poder político-legal, traducido en el monopolio de la creación de leyes que -por definición- se hallan en condiciones de imponer a quienes no gozan de dicho poder (excepto de carácter formal, mediato, o a largo plazo, en virtud de alguna teoría política de representación), y si estas leyes pretenden prever puntualmente la consecuencia de cada acto estatal, ello no deja margen de acción alguno a las personas que se encuentran sometidas al imperio oficial. Si se intentara lo anterior, implicaría que el estado-nación no puede dar resquicio mínimo de libertad individual.
“Las normas generales, o leyes genuinas, a diferencia de las órdenes específicas, tienen que proyectarse, pues, para operar en circunstancias que no pueden preverse con detalle, y, por consiguiente, no pueden conocerse de antemano sus efectos sobre cada fin o cada individuo en particular. Sólo de este modo le es posible al legislador ser imparcial. Ser imparcial significa no tener respuesta para ciertas cuestiones: para aquella clase de cuestiones sobre las que, si hemos de decidir nosotros, decidimos tirando al aire una moneda”.[2]
Lógicamente, si tenemos en cuenta que las leyes son creaciones humanas que están destinadas a tener efectos sobre otras acciones humanas, resulta obvio que aquellas leyes que procuran prever la mayor cantidad de consecuencias posibles de la actividad de otras personas, tienen que necesariamente limitar la libertad de elección -y, por consiguiente- de acción de un número mayoritario de individuos. De aquí a decir que la planificación estatal opera en contra de la libertad humana hay un solo y certero paso. En suma, se trata de individuos que encaramados desde una posición de poder ensayan planificar la vida de sus semejantes. Bien visto, el estado-nación (tal como hoy en día se lo acepta popularmente) se reduce sencillamente a esto último: se le otorga el poder de decidir sobre la vida o destinos de la gran masa de votantes que, paradójicamente, suelen votar proyectos políticos que los sojuzgan y -muchas veces- los humillan al mismo tiempo. Debemos tener en consideración que la gran mayoría de nuestras “leyes actuales” no son más que lo que Hayek bien denomina “órdenes específicas”, las que cada vez están más lejos del concepto de norma general.
“En un mundo donde todo estuviera exactamente previsto, le sería muy difícil al Estado hacer algo y permanecer imparcial. Allí donde se conocen los efectos precisos de la política del Estado sobre los individuos en particular, donde el Estado se propone directamente estos efectos particulares, no puede menos de conocer esos efectos, y no puede, por ende, ser imparcial. Tiene necesariamente que tomar partido, imponer a la gente sus valoraciones y, en lugar de ayudar a ésta al logro de sus propios fines, elegir por ella los fines”.[3]
De forma análoga, donde toda elección humana estuviera puntualmente legislada, sería bastante difícil que cualquier persona no cayera de inmediato en alguna infracción por apartarse un milímetro de lo que el legislador hubiera previsto como objetivo de esa norma destinada a determinar la conducta de un tercero. Recordemos que los actos del estado-nación siempre se proyectan y se plasman a través de leyes (a tales fines, es indistinto que se las llame normas, decretos, resoluciones, es decir su denominación técnico-legal). La legislación es la característica del actuar de los estados, por ello para conocer la índole o la definición política de un estado cualquiera debemos detenernos en el examen de la legislación vigente en el mismo. En este caso, quien planifica la vida de otros, es lisa y llanamente un dictador, sin importar demasiado la forma en que el mismo haya accedido al poder, esto es: si por vía de elecciones votadas o por las de hecho o de facto.
[1] Friedrich A. von Hayek, Camino de servidumbre. Alianza Editorial. España. pág. 109-110
[2] Hayek, Camino de servidumbre…ob. cit. 109-110
[3] Hayek, Camino de servidumbre…ob. cit. 109-110
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