sábado, 14 de febrero de 2009

La investigación biomédica: ¿Existe un derecho de propiedad sobre el propio cuerpo?

¿Es lícito utilizar células humanas para la investigación sin la autorización de la persona de la que se han extraído? ¿Existe un derecho de propiedad sobre el propio cuerpo? ¿Tiene el investigador derecho a obtener una patente sobre las células de un paciente?

Por Javier Sanz

En 1976 el Sr. Moore, al que le acababan de diagnosticar una variedad extraña de neoplasia linfoide, acudió a la consulta del Dr. Golde en la Universidad de California, buscando una esperanza de curación. Tras realizarle las pruebas oportunas, le confirmaron el fatal diagnóstico, indicándole que debía someterse a una intervención quirúrgica para la extracción del bazo. A los pocos días se le extirpó su órgano enfermo, que fue recogido y guardado con extremo celo por los médicos del equipo del Dr. Golde. Una vez recuperado de la intervención, regresó a su lugar de residencia (situado a más de 1.800 Km. del centro sanitario), recibiendo ordenes estrictas de que periódicamente debería someterse a revisiones. El Sr. Moore cumplió con estas indicaciones hasta 1983, acudiendo a las citas acordadas y sometiéndose a continuas extracciones de sangre, médula ósea, piel y esperma.

En 1981, la Universidad solicitaba el registro de la patente de una línea celular que había investigado el doctor Golde, otorgándose en 1984 la patente 4.438.032. El origen de esta línea celular se encontraba en las células cancerígenas extraídas del bazo del Sr. Moore y de las muestras que le extrajeron durante siete años. Al mismo tiempo, la Uclay los investigadores negociaron su explotación comercial. Tanto la Ucla como los doctores, obtuvieron cuantiosos beneficios con estas operaciones comerciales. Esta historia trata de una persona que sin saberlo posibilitó grandes avances científicos, pero también es una historia en la que convergen de forma enrevesada el Derecho, la Economía y la Ética. Son muchas las cuestiones que se suscitan: ¿Es lícito utilizar células humanas para la investigación sin la autorización de la persona de la que se han extraído? ¿Existe un derecho de propiedad sobre el propio cuerpo? ¿Tiene el investigador derecho a obtener una patente sobre las células de un paciente?

Estas cuestiones se plantearon por primera vez ante un Tribunal a finales de los años 80. El Sr. Moore alegó ante la California Court of Appeal su derecho de propiedad sobre la cadena celular patentada por la Ucla, reclamando los beneficios generados. En 1988, ganó el juicio y se le reconoció el derecho de propiedad sobre las células. En julio de 1990, la Supreme Court of California revocó la sentencia y falló que el derecho de propiedad no puede aplicarse al cuerpo humano y menos aún a las partes que de él se extraigan. La Supreme Court, añadió que reconocer derechos económicos a los pacientes supondría un durísimo golpe a la investigación científica.

Esta historia sigue constituyendo la actualidad del Derecho y la Ética en la investigación biomédica en todo el mundo. Después de la Sentencia de Moore vs. Regents of the Ucla, se han sucedido los pronunciamientos judiciales con resoluciones en todos los sentidos. En nuestra legislación prima el derecho colectivo a la investigación y el desarrollo científico sobre los derechos individuales de propiedad, lo que se traduce en la negación de derechos económicos a los sujetos fuente. Eso sí la Ley 14/2007 protege con énfasis la autonomía de la voluntad de los pacientes y su integridad física en todas sus vertientes.

Pero el debate no se agota, está plenamente vivo en las historias de los preembriones congelados, en las de los cordones umbilicales, en las de miles de muestras de tejidos y células almacenadas en biobancos que contienen toda la información genética de un individuo. El debate lo encontramos en todos nosotros que somos o seremos pacientes y que estamos formados por infinidad de células, algunas de las cuales están llamadas a posibilitar el crecimiento científico de la humanidad y la curación de muchas enfermedades.

Nos encontramos ante una realidad compleja, en la que se pueden comprometer tanto el futuro de la humanidad como el presente de los derechos fundamentales y las libertades públicas, lo que convierte el concepto de Dignidad en el centro del debate. Debemos reflexionar profundamente sobre la necesidad de legislar sobre estas materias con la finalidad de evitar un vacío en el que se acumula la incertidumbre provocada por los avances de la medicina.

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