jueves, 4 de diciembre de 2008

ENTRE EL TEXTO Y LA VIDA

Intentaron alguna vez explicarle educación cívica a un hijo? Si el hijo en cuestión está medianamente informado, habrá que cerrar el libro e intentar con las propias palabras o continuar con el libro y decirle, al final, tal vez apruebes la materia pero no es así como funciona.
Por Marcelo Medrano (*)
Es que la mayoría de los libros de texto de estudio -al menos secundario- en educación cívica detalla el funcionamiento de las instituciones, integrándolas según un diseño democrático, constitucional y legal.
La realidad se comporta de otra manera.
La propuesta concreta es intentar que las instituciones se parezcan al fin para el que fueron creadas; más que tener que quemar el texto por inútil.
1) El Poder Judicial.
Un poder judicial adecuado a un estado democrático de derecho. Independiente, transparente, idóneo. Que con políticas judiciales y legales claras sea límite y ejemplo. Si el derecho es el orden del orden social, tamaña responsabilidad le cabe al Poder Judicial. Nada menos que custodiar la vigencia de la Constitución y la ley. En este sentido el Poder Judicial es un poder del Estado y debe ejercer su cuota de gobierno en sentido amplio. Para tal fin, deberá gestionar responsablemente y eficazmente los recursos con los que cuenta, en términos organizacionales y personales. La dimensión política y de esquema institucional del Poder Judicial jamás se evalúa en resultados de independencia, calidad de sentencias, resolución de conflictos, cercanía al ciudadano, mejoramiento de patrones culturales, etc. En los últimos años sólo se ejerció, en dos dimensiones, falta de independencia del Ejecutivo (alguna vez se escribirá el Tratado de la Colonización del Poder Judicial en esta provincia) y festival de cargos y designaciones; al decir de muchos buenos magistrados y funcionarios, sin un objetivo preciso y sin resultados palpables en relación con los justiciables.
Nota al pie: nótese que a juzgar por las sentencias de condena, Neuquén carece de corrupción.
Para fin de año, tres nuevos vocales asumirán en el órgano máximo del Poder Judicial Neuquino.
2) El Consejo de la Magistratura.
La idea de instrumentar un Consejo de la Magistratura ideal, de integración plural, función esencial de selección que determine condiciones de idoneidad técnica y moral de los candidatos en pos de elegir al "mejor", con criterios absolutamente transparentes. Todo ello, dentro de un marco de despolitización, a fin de evitar que la política partidaria afecte la necesaria independencia en las tareas de selección. Una institución que ofrezca el menor margen posible de arbitrariedad, para lo cual sus integrantes deben ser necesariamente personas con independencia de criterio y capaces, lo que consecuentemente garantizaría que van a elegir bien. Y en un marco de austeridad, que garantice entre otras cosas que los consejeros pretendan la función por la relevancia de la misma y no por el desproporcionado sueldo que reciben.
Un órgano que elige a quienes integrarán el Poder Judicial con sustento de legitimidad altísimo se impone como absolutamente necesario.
Hay dos proyectos de enmiendas constitucionales y algunos de modificación legal en la Legislatura que esperan tratamiento.
3) Los códigos procesales
No es sólo una reforma, un rediseño normativo, sino un cambio de cultura que operará en la realidad. La forma de escuchar al ciudadano, de resolver los conflictos en mayor o menor plazo, con más o menos eficacia y tamiz de violencia; calidad de respuesta e instauración de modelos de referencia sociales. Y lógicamente organización práctica, seria y profunda de los actores institucionales que la llevarán a cabo. En ese marco deben inscribirse los códigos procesales. Éstos representan ni más ni menos que la Constitución y el poder puestos de manifiesto en un sistema normativo. Por ello, una referencia cultural sustancial acerca del modo de resolver conflictos en una sociedad democrática.
Se encuentran creadas las comisiones interpoderes de tratamiento de códigos procesales actualmente en la Legislatura.
Hasta aquí conceptos amplios del Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura y las reformas procesales. Y una somera referencia a las posibilidades futuras.
En este contexto, dos humildes sugerencias. Son necesarias decisiones valientes. No es igual consensuar que transar; de igual manera que no es idéntico privilegiar los intereses de personas individuales o grupos que de la sociedad toda.
La segunda es dar sustento orgánico a las instituciones y herramientas. En una sociedad profundamente desigual y fragmentada, la Justicia debe ser un espacio político que tienda a la pacificación, la seguridad, la certidumbre, la tolerancia, la igualdad. Aspirar a ello requiere magistrados y funcionarios de excelencia desde todo punto de vista; por ello, su selección y elección se tornan esenciales. Y claramente contar con principios y criterios normativos que lo promuevan.
Todo lo desarrollado no es ni más ni menos que una pequeña, muy pequeña, cuota de diseño institucional, de la reclamada teoría política sobre la Justicia con la que todos los temas debieran ser abordados. El objetivo final, el de siempre, un lugar más democrático y más justo para todos.
Que en breve, a nuestros hijos, podamos achicarles la distancia entre el libro y la vida.
(*) Abogado neuquino
Rio Negro

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