domingo, 30 de octubre de 2016

AVANZA LA REFORMA ELECTORAL

La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada y envió al Senado el proyecto de reforma electoral que incluye como aspectos más relevantes lo siguientes: 1) se incorpora el sistema de boleta electrónica; 2) se establece la llamada paridad de género.

Por Jorge R. Enríquez

En cuanto a lo primero, se adopta el sistema ya empleado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Salta. De esta forma, se favorece la transparencia y se termina con la discriminación de hecho sufrida por las agrupaciones más pequeñas, que por no contar con el respaldo económico ni la cantidad de fiscales suficientes se veían expuestos al robo de boletas que no podían reponer en la medida necesaria.

El nuevo método es más confiable, ágil y seguro. No hará falta un batallón de fiscales y en pocos minutos todos sabremos el resultado de la elección.

Han surgido algunas objeciones que ponen de relieve que el voto electrónico es muy poco usado entre los países más avanzados del mundo, y que algunos de los que lo empleaban ya no lo hacen. Se cita, en apoyo de estos reparos, una sentencia del Tribunal Constitucional de Alemania que lo declaró inconstitucional por no permitir que el votante tenga un adecuado control de su voto. Esas objeciones serían atendibles si en la Argentina se proyectara incorporar el voto electrónico, pero el sistema en consideración no es ese, sino el de boleta única electrónica, que no prescinde de la boleta de papel, sino que la combina con un escrutinio provisorio realizado automáticamente en virtud de los chips incorporados a las boletas. Pero siempre queda el registro “físico” de los votos.

En cuanto al segundo tema, es por cierto materia opinable, pero contó con un muy amplio apoyo entre los diputados de los diferentes bloques. El propósito es permitir que las mujeres figuren en cargos de representación en la misma medida que los hombres, y terminar de esa forma con la tradicional primacía masculina.

Quienes objetan la iniciativa sostienen que en los hechos se van dando gradualmente una equiparación, sin necesidad de ayudas legales, como lo demuestra el dato de que entre los políticos de mejor imagen de nuestro país actualmente hay más mujeres que hombres. También se señala que el cupo en sí mismo es discriminatorio.

Además, un hombre puede representar mejor a una mujer y una mujer a un hombre, porque se trata de ideas políticas. La igualdad de género significará que no haya restricciones legales ni de hecho a la postulación de mujeres, no que cada género tenga un cupo, lo que es más propio de concepciones corporativistas.

Compartimos estos reparos, pero no podemos dejar de advertir que entre la dirigencia política – en unos casos por convicción profunda, en otros por no aparecer en posiciones que sus detractores califican de reaccionarias -hay una mayoría proclive a esta reforma. Y en la democracia, salvo que se viole la Constitución, debe primar la voluntad del mayor número.

Queda pendiente para otra oportunidad un debate más amplio sobre el singular sistema de elecciones primarias simultáneas y obligatorias, una rareza en el mundo, pero que entre nosotros no se discute, como si tuviera la firmeza de una norma constitucional. En casi todos los países serios, son los propios partidos políticos los que determinan cómo elegir a sus candidatos, mediante elecciones cerradas o abiertas de variadas modalidades.

Por cierto, la obligatoriedad de votar en elecciones internas de los partidos es tal vez el rasgo más exótico de nuestra ley electoral, que Néstor Kirchner impulsara en 2009 por motivos exclusivamente coyunturales.


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