La Cámara Federal sobreseyó a una pareja que tenía en su domicilio cuatro macetas en las que cultivaban marihuana para su consumo personal, tras declarar la inconstitucionalidad de la norma que reprime esa conducta con penas que llegan hasta los 15 años de prisión.
La sentencia, difundida ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ), decretó la inconstitucionalidad del inciso "a" del artículo quinto de la ley 23.737, conocida como "ley de drogas", que castiga a quien "siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción".
En su resolución, los camaristas Eduardo Farah y Eduardo Freiler ratificaron, de esa manera, el sobreseimiento dictado en primera instancia por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien había desvinculado a ambos jóvenes por sostener que no es punible la tenencia de drogas para consumo personal.
En las dos páginas de la sentencia, según indicó la agencia Télam, los magistrados coincidieron con el juez instructor en que "la tenencia no afectó ni puso en peligro, siquiera en modo potencial, la salud pública", por lo que se sobreseyó a la pareja con la constancia que el sumario "no afecta el buen nombre y honor" de los jóvenes.
Consumo personal
"Atento la cantidad y circunstancias que rodearon el hecho permiten afirmar que el cultivo o la siembra de marihuana encontrada era para consumo personal", afirmaron los camaristas.
La decisión de la Sala I, ratificatoria de anteriores resoluciones en el mismo sentido, se inscribe en el contexto de la polémica acerca de la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal, sobre la cual la Corte Suprema se expedirá en breve.
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